jueves, 9 de junio de 2011

Lariza Kejval: radios Comunitarias en Argentina

Kevjal ensaya reflexiones sobre  el proceso por el cual la demanda por la democratización de las comunicaciones logró institucionalizarse en el marco jurídico estatal argentino, expresado en la sanción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). Asimismo, se propone identificar algunas de las preguntas y tensiones que esta institucionalización abre para el conjunto de estas emisoras, fundamentalmente en lo que hace a la relación con el Estado, con otras organizaciones de la sociedad civil y con los movimientos sociales.  

Considera a las radios comunitarias un movimiento social porque es un lugar no institucionalizado de la política; porque desde su nacimiento establecieron comunicaciones, proyectos y objetivos comunes entre sí, con demandas como la lucha contra la concentración de la palabra y la democratización de las comunicaciones para democratizar la sociedad.

Las radios comunitarias nacieron a fines de los 80 desde el subsuelo político, según Luis Tapia Mealla , http://www.pieb.com.bo/blogs/tapia/tapia.php que tienen que ver con todos los discursos que no son reconocidos como tales. Surgieron de esta manera porque el marco jurídico las ubicó en un espacio ilegal ya que restringían su presencia.
Las radios comunitarias han sido representantes de distintos movimientos sociales tales como el feminismo, trabajadores, etc. A partir del 2001, estos movimientos sociales crearon sus propias radios, como por ejemplo, los desocupados, los mapuches, etc. También surgieron organizaciones de la sociedad civil en torno a esto. Coalición por una Radiodifusión Democrática http://www.coalicion.org.ar/ agrupó a diversos sectores de la sociedad civil que logró dejar de lado sus intereses particulares y consiguieron consensuar los 21 puntos para una radiodifusión democrática para así elaborar una nueva norma que regule los medios de comunicación.
Desde su mirada considera  que hay muchos desafíos e interrogantes a partir de la nueva ley relacionadas a la construcción de condiciones materiales (organizativas y económicas) para el ejercicio del derecho a la comunicación por parte de las radios comunitarias; con la incidencia en políticas públicas de carácter democrático, ya que la ley debe ir acompañada de distintas resoluciones que surjan de un trabajo democrático; con el desborde de las formas políticas y organizativas, en virtud de que las radios comunitarias asumieron distinta instancias de organización que puede o no entrar en contradicción con lo que se establece desde la ley; y la relación con otros movimientos sociales, en el sentido de pensar los modelos de comunicación dependiente de los movimientos sociales determinados o de una manera de articulación diferente. 

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